Adecuación de instalaciones eléctricas a instalaciones de comunidades propietarios

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Finalmente, la propuesta defendida por AGIC sigue su curso y tira para adelante. La Subdirección General de Seguridad Industrial ha confirmado el envío de cartas aproximadamente a 37.0000 comunidades de propietarios con instalaciones eléctricas de servicios comunes superiores a los 100 kW durante el próximo mes.

El mensaje que incluirá estas cartas se basará en la obligatoriedad de tener legalizada la instalación eléctrica del propio edificio (servicios comunes) y de haber pasado la inspección periódica correspondiente de acuerdo con el REBT y su instrucción técnica complementaria ITC-BT-05 para instalaciones de más de 100 kW. Además, recogerá el procedimiento sancionador de aplicación en caso de incumplimiento.

Por otro lado, y con la finalidad que las instalaciones que se acogen a la Instrucción 9/2012 no queden paralizadas, la Subdirección General de Seguridad Industrial ha publicado una instrucción de uso interno que obliga a los Organismos de Control a notificar a la Generalitat aquellas instalaciones que no han corregido los defectos detectados en la inspección correspondiente para su legalización. Si los defectos no son corregidos en un periodo de 6 a 9 meses, se cerrará el proceso de legalización con la obligación de volver a contratar el servicio. Posteriormente se notificará a la Subdirección General de Seguridad Industrial que actuará en consecuencia.

Según los precedentes en otras regiones de España, se prevé que la incidencia en el sector sea muy importante y la demanda aumente de forma exponencial.

Fuente: AGIC (Associació de Gremis d’Instal·ladors de Catalunya)

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